12.12.06

Nueva Legislación

(promulgada por Doc Moriarty)

Artículo 138.
El que comiere palomitas en una sala de proyección cinematográfica será castigado, como reo de cinefagocidio, con la pena de muerte de ejecución inmediata.

Artículo 139.
Será castigado con la amputación de la lengua y posterior ingesta de sal, como reo de cinefagonato, el que concurriere en alguna de las circunstancias siguientes:
1. La ingesta de nachos, con o sin salsa.
2. Los eruptos con aroma a chorizo.
3. La desenvoltura de caramelos envueltos en plástico.
4. El que actuare con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el ruido y el olor.

Artículo 140.
Cuando en un cinefagonato concurran más de una de las circunstancias previstas en el artículo anterior, se impondrá la pena de chistación por parte de los individuos colindantes de la sala y fractura de articulaciones anterior a la muerte.

Artículo 141.
El repiqueteo con las extremidades inferiores sobre el respaldo de la silla anterior será condenado con la sección de los dedos de los pies.

Artículo 142.
El que incurriere en reincidencia con el anterior artículo será obligado a comerse sus propios dedos de los pies, después de pasarlos por la máquina de las palomitas.

Artículo 143.
El que explicare la película en voz clara y ostentorea en una sala de proyección cinematográfica será castigado, como reo de cineparlocidio, con la pena de extracción de la dentadura con la pajita de los vasos de refresco.

Artículo 144.
El que incurriere en reincidencia con el anterior artículo recibirá como pena la introducción de los dientes por los orificios auriculares.

-por Doc Moriarty

2 comentarios:

Listo Entertainment dijo...

Que los empollones aspiren a prohibir las crujientes palomitas me da igual, pero que critiquen también los eruptos con aroma a chorizo me duele en el alma.

Al menos, por favor, que no se atrevan nunca a perseguir el allioli o la sobrasada.

Unknown dijo...

El Firefox se me cuelga cada vez que entro en La Cinefilia.

¡Demonios!